Tras intensas jornadas de negociación y espera, finalmente se ha publicado en el Diario Oficial la Ley de Reajuste para el Sector Público. Este hito administrativo y legal es de suma relevancia, ya que convierte en ley de la República todos los beneficios que la Confederación FENATS Unitaria logró negociar de manera conjunta con los
Tras intensas jornadas de negociación y espera, finalmente se ha publicado en el Diario Oficial la Ley de Reajuste para el Sector Público. Este hito administrativo y legal es de suma relevancia, ya que convierte en ley de la República todos los beneficios que la Confederación FENATS Unitaria logró negociar de manera conjunta con los demás gremios que integran la Mesa del Sector Público, asegurando mejoras concretas para cada uno de nuestros asociados y asociadas a lo largo del país.
Respecto a la implementación técnica de este beneficio, la directiva nacional de FENATS Unitaria ha mantenido conversaciones directas y permanentes con las autoridades ministeriales inmediatamente después de que la ley fuera difundida en la más reciente edición del Diario Oficial. Nuestra organización ha sido enfática en señalar que el atraso experimentado en este proceso no es responsabilidad de las y los trabajadores, por lo que hemos solicitado formalmente que se agilice y se adelante el proceso de pago a la brevedad posible.
La respuesta inicial del Ministerio indica que a partir de ahora y el transcurso de la próxima semana debería emanar el programa oficial con el calendario de fechas de pago establecidas. No obstante, como organización sindical, seguiremos insistiendo firmemente en la posibilidad de que el pago se concrete mediante una planilla suplementaria. Esta medida es fundamental para evitar que los trabajadores deban enfrentar más esperas innecesarias para recibir lo que por derecho les corresponde.
Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de sus derechos laborales y económicos. Nos mantendremos en estado de alerta y atentos al documento ministerial para informarles de inmediato sobre las fechas definitivas de los depósitos. Reciban un abrazo fraterno y saludos afectuosos de parte de toda su Directiva Nacional.
Detalle de los beneficios y asignaciones 2024-2025
En el marco de la nueva ley, se establecen diversas asignaciones y bonificaciones cuyos montos se determinan según los tramos de renta de cada funcionario. A continuación, se detallan los principales beneficios obtenidos para el presente periodo.
El Bono por Término de Conflicto, también conocido como bono especial de negociación, se entregará bajo dos modalidades de acuerdo con los ingresos líquidos. Los funcionarios con una renta líquida aproximada de hasta $1.060.493 recibirán un monto de $150.000, mientras que para aquellas rentas que superen dicha cifra y alcancen hasta los $3.511.800 brutos aproximadamente, el bono será de $75.000.
Se mantiene el Bono Mensual de Cargo Fiscal, un aporte de carácter permanente diseñado para apoyar las rentas más bajas del sector. El monto máximo alcanza los $62.903 mensuales para trabajadores con ingresos cercanos a los $673.687, cifra que experimentó un reajuste cercano al 5% en este último acuerdo.
En el ámbito de las asignaciones familiares y de previsión, el Bono de Escolaridad se establece en un monto referencial de $89.164 por cada carga familiar debidamente reconocida. Asimismo, el Bono de Vacaciones, que tradicionalmente se hace efectivo durante el mes de enero, contempla $112.915 para el tramo de renta menor y $56.457 para el tramo de renta mayor.
Respecto a los aguinaldos anuales, la ley estipula que para Fiestas Patrias el monto será de $91.682 para rentas hasta $1.060.493 y de $63.645 para rentas superiores dentro del tramo legal. Por su parte, el Aguinaldo de Navidad se fija en $71.206 para las rentas más bajas y en $37.666 para el tramo superior.
El acuerdo también incluye un reajuste general de remuneraciones del 3,4% total, aplicado en dos etapas, junto con un incremento en las remuneraciones mínimas del sector público que se proyecta entre los $564.000 y $668.000 hacia el año 2026. Finalmente, se garantizan incentivos al retiro y programas especiales con financiamiento específico dentro del proyecto de ley.
Es fundamental considerar que el acceso a estos bonos depende estrictamente del tramo de renta y de la calidad jurídica del funcionario, ya sea planta o contrata, manteniendo la vigencia laboral correspondiente al momento del pago.
Descarga aquí la publicación del Diario Oficial referida a la Ley de Reajuste












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